1. Qué es un “taller laboral solidario”.
El taller laboral solidario es una pequeña organización social cuya actividad principal es el trabajo de producción y/o comercialización de bienes y servicios, con el propósito de generar ingresos y beneficios económicos para sus trabajadores, que se gestiona asociativamente y en cuyo funcionamiento los integrantes proceden de manera solidaria.
Existen diferentes tipos de talleres laborales solidarios. Hay talleres de trabajo permanente, en que sus integrantes trabajan una jornada laboral completa; otros son de trabajo parcial, que aunque funcionan todo el tiempo como taller sus integrantes trabajan una jornada parcial o sólo algunas horas a la semana; otros, en fin, de trabajo ocasional, funcionan sólo en ciertos períodos del año, según demandas estacionales (Navidad, fiestas patrias, inicio del año escolar, etc.).
Habitualmente los talleres laborales solidarios no se limitan a la realización de sus actividades económicas, sino que además efectúan diferentes otras actividades que benefician a sus integrantes y a la comunidad en que se insertan. Así, organizan actividades culturales, cursos de capacitación, acciones solidarias y de servicio, actividades recreativas, reuniones de discusión de temas y otras actividades conforme a los intereses y motivaciones de sus integrantes. En función de todas sus actividades, estos talleres suelen estar vinculados a una o varias instituciones de apoyo que les prestan diferentes servicios: capacitación, asesoría, acompañamiento organizativo, comercialización, apoyo técnico, etc.
2. Formación del grupo humano.
La base social del taller laboral solidario es un “pequeño grupo”, normalmente compuesto por no menos de tres ni más de veinte personas, que comparten situaciones económicas, sociales y culturales parecidas. Habitualmente se trata de personas que viven próximas entre sí (en un mismo barrio o población), que enfrentan los mismos problemas económicos (falta de empleo, necesidad de aumentar sus ingresos para subsistir y satisfacer las necesidades familiares fundamentales), y que tienen parecidas y capacidades y fuerzas laborales.
Es un requisito básico para que el taller laboral solidario funcione y tenga éxito, que el grupo de personas que lo forman esté unido y que exista confianza entre ellos. Es necesario, además, que al constituirse como taller tengan los mismos objetivos y compartan un proyecto común, estando todos dispuestos a ejecutarlo buscando el beneficio compartido.
Hay dos maneras principales como se forma el grupo humano de un taller solidario:
* Una es que exista previamente como grupo u organización social (por ejemplo un grupo juvenil, centro cultural, grupo de autoayuda, comunidad cristiana, centro de madres), el cual decide dar el paso de formar entre sus miembros un taller laboral.
* La otra manera es que las personas que tengan la iniciativa de crear un taller busquen a las personas con que lo han de crear.
En ambos casos, hay que tener en cuenta que no basta que el grupo esté socialmente integrado; es necesario, ahora, que se complemente para trabajar y gestionar la actividad económica. En efecto, el taller laboral es, al mismo tiempo, un grupo solidario, un colectivo de trabajo y una unidad de gestión.
3. Forma de propiedad del patrimonio.
Los talleres laborales solidarios no requieren normalmente una regulación compleja de la propiedad de los bienes que forman su patrimonio. Habitualmente poseen pocos bienes materiales, de manera que la cuestión de su propiedad no es tan importante. Los factores económicos principales de estos talleres son las personas mismas que los forman, que aportan su fuerza de trabajo, sus conocimientos técnicos, sus capacidades organizativas, sus contactos sociales, comerciales e institucionales, etc.
En cuanto a los bienes materiales, la forma de propiedad adecuada depende del origen que hayan tenido esos bienes. En efecto, los medios materiales de estos talleres se han formado de tres maneras:
a) por el aporte de los socios;
b) a través de alguna donación recibida; y
c) por compras efectuadas por los ingresos o ganancias del mismo taller.
Ello hace conveniente que:
a) Los medios de trabajo y demás bienes que hayan sido aportados directamente por los integrantes del taller, deben seguir siendo de propiedad de quien los aportó. Al hacerse los aportes, es conveniente que quede por escrito el compromiso asumido por cada uno y por el taller, en el sentido, por ejemplo, de definir por cuánto tiempo se hace el aporte, la responsabilidad del taller de conservarlo, repararlo y mantenerlo apropiadamente, el derecho del dueño a retirarlo si decide irse del taller, etc.
b) Los medios de trabajo que hayan sido adquiridos en base a alguna donación (sea en dinero o en bienes), deben ser de propiedad común del taller, aunque cambien los socios que lo integran. En efecto, quienes hacen estas donaciones las efectúan con el propósito de beneficiar al grupo u organización como tal y no individualmente a una u otra persona.
c) Los medios de producción que hayan sido comprados por el taller mismo utilizando para ello sus ingresos o ganancias propias, pueden ser también de propiedad común, especialmente cuando no se trata de bienes de mucho valor. Pero, cuando se trate de bienes de mucho valor, cuya adquisición implique grandes sacrificios para los integrantes del taller, puede ser conveniente que quede establecida una participación proporcional en la propiedad de esos bienes, entre los miembros que en ese momento forman el taller.
Por ejemplo, si el taller lo componen en ese momento cinco personas, cada una de ellas será considerada dueña de un 20% del valor del bien. La propiedad de esos bienes será sólo de ellos, aunque después el taller aumente el número de sus integrantes. Y si uno de los socios que tiene participación en la propiedad de ese bien decide retirarse, el taller debiera ver la forma de pagar o compensar a esa persona lo que le corresponda (ese 20% en el caso del ejemplo), pero no considerando el precio en que fueron comprados sino según el valor que en ese momento tengan los bienes en cuestión.
Así se aseguran la justicia y corrección que son indispensables para que los miembros del taller decidan hacer esas inversiones que les significan sacrificar parte importante de los ingresos que les corresponden por su trabajo.
En los talleres laborales solidarios debe existir un inventario exacto y actualizado de todos sus bienes y medios de trabajo, y debiera quedar establecido por escrito a quienes corresponde la propiedad de cada uno de esos bienes.
Veamos un ejemplo, en que se combinan los tres tipos de propiedad indicados:
Objeto - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Origen - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Propiedad
Local - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Aporte socia - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- Alba R.
Mesón de trabajo - - - - - - - - - - - - - - - -- Aporte socio - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Pedro M.
Mesa de trabajo - - - - - - - - - - - - - - - - -- Aporte socia - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- Juana B.
2 Estantes - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- Donación - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- Común
Máquina de coser - - - - - - - - - - - - - - --- Aporte socia - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Juana B.
Tijeras - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Aporte socia - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Alba R.
Máquina overlok - - - - - - - - - - - - - - - - - Donación - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Común
Moldes - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Aporte socia - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Elena R.
Máquina de cortar industrial - - - - - - - - Compra del taller - - - - - - - - - - - - - - - - - 25% cada socio (nombres)
4. Tratamiento y organización de la fuerza de trabajo.
La fuerza de trabajo en los talleres laborales solidarios es la de los propios socios o integrantes del grupo. No existe aquí trabajo externo contratado; puede aceptarse, sin embargo, aportaciones de trabajo voluntario de personas que no son integrantes del taller.
En estos talleres a menudo el trabajo es homogéneo, todos trabajan en lo mismo, por ejemplo, tejer, hacer pan u otro. Pero los miembros del taller pueden efectuar trabajos de distinto tipo (productivo, administrativo, comercialización, etc.) y en distinta cantidad (cada uno trabaja un número diferente de horas semanales, dependiendo de sus disponibilidades personales).
En cualquier caso, el trabajo debe estar organizado socialmente, o sea, por el grupo mismo con la participación de todos sus miembros. Para la ejecución del trabajo, es necesario que alguien dirija o coordine las actividades laborales de todos: tiene que haber un jefe de taller. Debe haber personas responsables a cargo de cada una de las funciones básicas: producción, comercialización (abastecimiento y ventas), contabilidad y administración, tesorería o finanzas, etc.
Es importante que los aportes y compromisos laborales (tipo de trabajo y cantidad de horas) estén claramente establecidos y detallados, de manera que los integrantes sepan en todo momento con cuántas y cuáles capacidades de trabajo pueden contar. Es indispensable, asimismo, que cada uno sepa exactamente cuáles son sus responsabilidades y tareas.
5. Regulación del ingreso y del retiro de los integrantes.
Los talleres laborales solidarios suelen tener una alta rotación de miembros, que entran y salen del grupo por diversos motivos personales, familiares, de trabajo, de salud, etc. Por eso es muy importante que estén claramente establecidos los criterios y las normas que regulan el ingreso y el retiro de socios.
Uno de los elementos esenciales para el buen funcionamiento del taller es la integración y el espíritu solidario del grupo, por lo que es muy importante evitar los conflictos innecesarios que lleven a quiebres o a la salida de integrantes. Es muy importante la máxima estabilidad de sus miembros. En todo caso, es conveniente que se regulen bien los cambios de sus integrantes, pues la salida de alguien o la llegada de otro socio, especialmente si el grupo es chico, siempre significa alguna alteración (positiva o negativa) en el clima de las relaciones internas.
Es conveniente que se establezca un mecanismo formal de ingreso de nuevos socios. Este podría consistir en varios pasos:
a) presentación del postulante por uno o dos socios como mínimo;
b) decisión por consenso en el grupo de socios;
c) incorporación transitoria o a prueba, por un tiempo definido: dos semanas, un mes, tres meses;
d) decisión de incorporación definitiva, adoptada formalmente por la asamblea de socios.
Para tomar la decisión de invitar o de aceptar un nuevo socio, es necesario hacer una evaluación colectiva tanto de la personas como de la situación del taller. Para tomar la decisión deberá tenerse en cuenta al menos tres aspectos:
- solidario,
- económico, y
- de gestión.
El aspecto solidario a tener en cuenta es en un doble sentido: que la integración al taller beneficie a la persona que se invita a ingresar, y que al mismo tiempo se mantenga o incluso mejore el clima humano y la confianza recíproca. Una vez decidida la incorporación, deberá haber una especial preocupación por la mejor integración de la persona en el grupo.
El aspecto económico implica que el ingreso de nuevos socios debe hacerse teniendo muy en cuenta las necesidades laborales del taller y las posibilidades reales de aumentar los ingresos para que pueda remunerarse ese trabajo adicional. Hay que asegurarse de que no empeoren sino que mejoren los ingresos o beneficios que recibe cada uno de los integrantes del taller. Por eso los socios nuevos deben ser capaces de aportar al taller al menos una productividad similar a la del promedio.
El aspecto de gestión debe llevar a preocuparse por la inserción de los nuevos socios en los sistemas de gestión y participación. En efecto, toda persona trae ideas nuevas y una experiencia previa, que a veces no coinciden con las que se han venido formando en el seno del taller. Ello puede generar conflictos, pero también puede significar una renovación y nuevos impulsos. Para evitar los conflictos innecesarios y permitir al mismo tiempo los mejores aportes del nuevo socio, es conveniente que se le incorpore a los mecanismos normales de participación y gestión. Al tomar la decisión de aceptar un nuevo socio, se estudiará si esa inserción será posible y conveniente, o si generará tensiones que dificulten la adopción de decisiones en el futuro.
En cuanto al retiro de socios o integrantes del taller, es conveniente que exista un criterio de “puertas abiertas”. Retirarse del taller no debiera significar motivo de conflictos, no es una traición ni una ingratitud, sino que responde a decisiones de las personas que deben siempre tener en cuenta sus necesidades familiares, las oportunidades que se les presentan, la inserción saludable en la comunidad, etc.
Es conveniente, sin embargo, que existan ciertas normas que regulen la salida de socios, las que deben ser conocidas por todos en el momento en que entran a formar parte del grupo.
Es posible que el socio que se retira tenga algunos derechos, por ejemplo, retirar aquellos bienes por él aportados y que son de su propiedad, ser compensado en proporción a la parte de la propiedad sobre la que tenga derechos, etc.
A su vez, el socio que se retira, tiene algunos deberes que cumplir:
a) entregar satisfactoriamente el cargo que desempeñe;
b) pagar las deudas pendientes;
c) proporcionar las informaciones que posee y que son necesarias para el taller, etc.
d) dar aviso con la debida anticipación. (Como el retiro de un socio puede significar problemas al taller, por ejemplo, para cumplir con pedidos ya contratados o para reemplazar la persona en el cumplimiento de las funciones que desempeña, es conveniente establecer que el retiro de un socio sea avisado con anticipación de al menos un mes, para que se tomen las medidas oportunamente).
Si la persona se retira sin cumplir la norma del aviso previo o cualquiera de los deberes establecidos, podría perder los derechos que tiene.
6. Criterios y mecanismo de distribución de los excedentes.
Un problema a resolver que se convierte en un permanente desafío para los talleres laborales solidarios consiste en la justa distribución de los excedentes que genera el taller.
En estos talleres los excedentes son lo que queda del total de los ingresos por ventas después de restarle los pagos que han debido hacerse a terceros (costos de producción). La remuneración para los trabajadores del taller consiste, por lo tanto, en la distribución de estos excedentes.
Debe tenerse en cuenta que los beneficios que obtienen los miembros de los talleres solidarios no son sólo estas cantidades de dinero, pues normalmente se benefician también de otras formas:
- por el consumo de una parte de la producción del taller,
- por la recepción de bienes y servicios que son donados a la organización (incluida la capacitación y diversas formas de apoyo),
- por los servicios y la colaboración que se prestan los integrantes entre sí, etc.
La distribución de aquellos beneficios no monetarios (que no son dinero) no presenta problemas especiales. En general, se trata de beneficios compartidos por todos, que se obtienen por el hecho de ser integrantes y de participar en el taller. Cuando se trata de bienes materiales (como alimentos producidos en el taller), o de servicios no disponibles para todos (por ejemplo, becas o cupos de participación en cursos de capacitación), el mismo taller establece los procedimientos para decidir o las partes que corresponden a cada uno.
Alguna complejidad mayor que requiere criterios formales se hace necesario, en cambio, para la distribución de excedentes monetarios.
Repartir los excedentes por “partes iguales” aunque aparentemente sea equitativo, en realidad no es justo, a menos que todos hayan efectuado el mismo tipo de trabajo por igual cantidad de tiempo. Tampoco es un criterio solidario que esté orientado a una mejor satisfacción de las necesidades de todos, porque los miembros del taller tienen distintas necesidades, según el número de integrantes de sus familias, la edad, etc.
El criterio justo es a cada cual según su trabajo. En general, al definir la forma de distribución de los excedentes es indispensable reconocer que no todos hacen los mismos aportes al trabajo, porque unos lo hacen por más tiempo que otros y porque no todos cumplen las mismas funciones.
Para hacer efectivo el criterio “a cada cual según su trabajo” puede procederse de dos maneras:
La primera posibilidad consiste en tomar en cuenta los productos elaborados por cada uno. Al venderse, descontados del precio de venta todos los costos, cada producto genera un excedente; de ese excedente hay que destinar una parte para “reservas” del taller, y el remanente corresponde a la persona que lo elaboró.
Esta fórmula es posible de aplicar sólo en aquellos casos en que cada producto es elaborado íntegramente por una persona, no así en todas aquellas producciones en que cada trabajador realiza una parte del proceso productivo. En todo caso, cuando es posible de aplicar, para que el criterio sea efectivamente justo no sólo en términos individuales sino igualitariamente justo para todos, resulta necesario que previamente se haya cumplido otra condición: que todos los socios tengan acceso a la misma cantidad de cuotas de trabajo o de bienes a producir. Dados los problemas de comercialización que tienen los talleres, el problema más frecuente no consiste en que un socio trabaje menos sino en la correcta distribución de los pedidos que se consiguen o de las compras de productos que hacen algunas instituciones.
Es por lo tanto necesario que el taller tenga especificada una forma de distribución del trabajo disponible, que incluso contemple el trabajo rotatorio, cuando no siempre hay suficiente trabajo para todos.
Igualmente necesario resulta para la aplicación de este criterio el que todos hayan tenido acceso a la capacitación técnica que les permita acceder a los diferentes trabajos y que no siempre sean los mismos los que puedan realizarlo.
La segunda posibilidad consiste en considerar el tiempo efectivamente trabajado por cada integrante, en aquellos casos en que el trabajo es homogéneo, es decir, que requiere similar capacitación, esfuerzo y dedicación, y en que hay acuerdo en considerarlo del mismo valor. Si se cumplen estas condiciones, bastará contabilizar las horas trabajadas semanal o mensualmente, y dividir el total de los excedentes por el número de horas de trabajo que lo generaron. Veamos un ejemplo:
Supongamos que el taller tuvo en el mes correspondiente un total de excedentes a repartir de $ 65.250. Ellos fueron generados por la suma de las horas de trabajo de todos, que totalizaron 450 horas. El monto a asignar por cada hora será entonces de:
$ 65.250 : 450 horas = $ 145 la hora
A cada socio le corresponderá $ 145 multiplicado por su número de horas trabajadas. Las remuneraciones serán por lo tanto:
Nombre - - - - - Horas trabajadas - - - - - - - Valor por hora - - - -- - - -- Total a recibir
María C. - - - - - - - - -- 80 - - - - - - - - - - - - - - - - - $ 145 - - - - - - - - - - - - - - $ 11.600
Eugenia B. - - - - - - -- 65 - - - - - - - - - - - - - - - - - $ 145 - - - - - - - - - - - - - - - -- 9.425
Nora R. - - - - - - - - - - 80 - - - - - - - - - - - - - - - - - $ 145 - - - - - - - - - - - - - - -- 11.600
Elena R. - - - - - - - - - 70 - - - - - - - - - - - - - - - - -- $ 145 - - - - - - - - - - - - - - - -10.150
Alberto Z. - - - - - - - -- 80 - - - - - - - - - - - - - - - - - $ 145 - - - - - - - - - - - - - - - -11.600
Natalia C. - - - - - - - - 40 - - - - - - - - - - - - - - - - - $ 145 - - - - - - - - - - - - -- - - - 5.800
Josefina D. - - - - - - - 35 - - - - - - - - - - - - - - - - - $ 145 - - - - - - - - - - - - - - - -- 5.075
Total - - - - - - - - - -- 450 - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - $ 65.250
Una tercera posibilidad se da en aquellos talleres en que el proceso de producción es más complejo y en que se requieren calificaciones técnicas de distinto nivel, diferencias de esfuerzos, dedicación y responsabilidad. En estos casos será necesario establecer una especie de tarifado, por niveles, en base al cual se hagan las ponderaciones del tiempo trabajado por cada uno.
Veámoslo en el ejemplo anterior, pero esta vez ponderando las horas trabajadas.
Supongamos que los trabajos del taller están calificados en tres niveles, que se ponderan por 1,1.2 y 1.4 puntos respectivamente. Así:
Ponderación
Nivel 1. Trabajos menos calificados. 1.0
Nivel 2. Trabajos calificados. 1.2
Nivel 3. Trabajos técnicos y directivos. 1.4
Considerando el trabajo de cada socio tenemos el siguiente cuadro, para un mes determinado:
Nombre - - - Nivel trabajo - - - Ponderación - - - - - Horas - - - - - Total trabajo ponderado
María C. - - - - - 3 - - - - - - - - - - - - - -1.4 - - - - - - - - - - - - 80 - - - - - - - - - - - - 112
Eugenia B. - - - 2 - - - - - - - - - - - - - -1.2 - - - - - - - - - - - - 65 - - - - - - - - - - - - - 78
Nora R. - - - - -- 3 - - - - - - - - - - - - -- 1.4 - - - - - - - - - -- -- 80 - - - - - - -- - - - - -112
Elena R. - - - - - 2 - - - - - - - - - - - - -- 1.2 - - - - - - - - - - - - 70 - - - - - - - - - - - - - 84
Alberto Z. - - - - 2 - - - - - - - - - - - - -- 1.2 - - - - - - - - - - - - 80 - - - - - - - - - - - - - 96
Natalia C. - - - -1 - - - - - - - - - - - - - - 1.0 - - - - - - - - - - - - 40 - - - - - - - - - - - - - 40
Josefina D. - - -1 - - - - - - - - - - - - - - 1.0 - - - - - - - - - - - - 35 - - - - - - - - - - - - - 35
Total ponderación - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -557
Vamos a suponer que el taller tuvo al igual que en el ejemplo anterior excedentes a repartir por un monto total de $ 65.250. Ellos fueron generados esta vez por 557 horas ponderadas de trabajo. El monto a asignar por cada hora corresponderá a $ 117.14 multiplicado por su número de horas de trabajo ponderado. Las remuneraciones serán entonces las siguientes:
Nombre - - - Horas trabajo ponderado - - - - Valor por hora - - - Total a recibir
María C. - - - - - - - - - - 112 - - - - - - - - - - - - - - - - - - - $ 117,14 - - - - - - - $ 13.120
Eugenia B. - - - - - - - - - 78 - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -117,14 - - - - - - - - -- 9.137
Nora R. - - - - - - - - - -- 112 - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- 117,14 - - - -- - - - - 13.120
Elena R. - - - - - - - - - - - 84 - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -117,14 - - - - - - - - -13.120
Alberto Z. - - - - - - - - - - 96 - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -117,14 - - - - - - - - -- 9.840
Natalia C. - - - - - - - - - -40 - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 117,14 - - - - - - - - -- 4.686
Josefina D. - - - - - - - -- 35 - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 117,14 - - - - - - - - -- 4.100
En casos muy especiales, en que la integración comunitaria del grupo sea muy grande y todos estén de acuerdo en favorecer a los que más lo necesitan, sin importar el tiempo de trabajo aportado por cada uno, podría establecerse un criterio distinto al criterio “a cada cual según su trabajo”. Este último criterio, que responde al valor de la justicia, se cambiaría entonces por el de “a cada cual según sus necesidades”, que podríamos considerar como un criterio que responde al valor de la fraternidad.
Evaluar las necesidades de cada uno, sin embargo, es extremadamente difícil, porque entran en juego numerosos aspectos subjetivos, y objetivamente habría que conocer a fondo la real situación de cada uno. Por todo ello nos parece recomendable sólo para casos muy especiales.
Una alternativa práctica que podría ser aplicada con beneficio para todos, consistiría en formar entre los socios del taller un “comprando juntos”. Cada integrante definiría su canasta de bienes básicos de acuerdo a sus necesidades y posibilidades de compra, y los excedentes del taller disponibles para repartir serían sumados al fondo del capital social del “comprando juntos”, con lo que bajarían los precios que cada socio pagaría por sus compras. Este modo de distribuir los excedentes es útil y posible de implementar especialmente cuando se trata de talleres laborales solidarios en que la situación socio-económica de los socios es parecida, y en que el taller genera pequeños excedentes que sirven sólo para complementar los ingresos familiares.
7. Sistema de gestión y adopción de decisiones.
Toda unidad económica necesita un sistema claro y eficaz de adopción de decisiones. La experiencia de los talleres solidarios muestra que en este tipo de organizaciones son posible diferentes formas de gestión y de toma de decisiones. Hay tres alternativas principales, que tienen ventajas y dificultades, pudiendo ser más o menos adecuadas según la situación del taller y según las características de sus miembros. Veámoslas:
Dirección unipersonal: es el caso en que uno de los integrantes hace de cabeza y asume la responsabilidad de dirigir el taller. Esta forma de dirección es posible y adecuada cuando se dan algunas condiciones. En primer lugar, que exista una persona idónea que claramente está más capacitada que los demás. Es necesario, además, que cuente con la confianza de todo el taller, y que sea elegido por consenso. Finalmente, es imprescindible que ejerza su liderazgo de manera democrática, es decir, consultando a los demás, favoreciendo la participación, respetando a las personas en su trabajo, dando cuenta al grupo de sus actividades, enseñando y capacitando a otros para que puedan en el futuro asumir responsabilidades directivas, y aceptando el control colectivo de sus decisiones.
Dirección colegiada: las decisiones son aquí tomadas conjuntamente por todos los integrantes, reunidos en Asamblea. Esta forma de dirección es posible y adecuada cuando: el taller está compuesto de pocos integrantes (no más de seis); existe un reglamento interno que establece un mecanismo claro para zanjar las diferencias de opinión (votación por mayoría); el grupo se encuentra bien afianzado, y las decisiones que deben tomar no son económicamente demasiado complejas. En todo caso, aunque sea colegialmente el grupo quien tome las decisiones, deberá actuar siempre alguna persona como coordinadora, para dirigir las reuniones y ordenar los acuerdos que se tomen.
Dirección delegada en una directiva: en este caso el conjunto de los socios formando una Asamblea tienen la última palabra en cuanto a la marcha global del taller; pero han delegado la función directiva y la gestión del taller en un pequeño grupo de personas que forman una directiva, con cargos y responsabilidades precisas asignadas a cada uno (por ejemplo, jefe del taller, secretario, tesorero, encargado de comercialización, etc.) según las necesidades. Las directivas deben ser controladas por la Asamblea y renovadas periódicamente (normalmente una vez al año), siendo importante que exista alguna rotación de los cargos y que todos tengan real posibilidad de participar. Este sistema de dirección es el más corriente en los talleres laborales solidarios, y parece el más conveniente cuando los integrantes son más numerosos. Las personas que formen las directivas debieran ser elegidas teniendo en cuenta sobre todo sus reales capacidades para cumplir las funciones que se les asigna, más que por motivaciones personales y de amistad.
8. Formas de perfeccionamiento tecnológico.
En general, vale para estos talleres lo dicho para las microempresas familiares respecto a este punto. Deberá tenerse en cuenta, además, que los talleres laborales solidarios tienen especiales oportunidades de perfeccionamiento tecnológico participando en cursos, jornadas y otras modalidades de capacitación técnica y laboral que ofrecen habitualmente diversas instituciones de apoyo. El aprovechamiento de estas oportunidades es muy importante, debiéndose preocupar el taller de que todos sus integrantes (y no “siempre los mismos”) vayan rotando en la participación en ellas.
9. Integración social interna y procesamiento de conflictos.
La integración solidaria entre los integrantes del taller laboral es decisiva, pues ello constituye una de las claves de su viabilidad. Si no hay una buena relación social interna del grupo, el taller laboral solidario está destinado a fracasar. A diferencia de otros tipos de empresas y unidades económicas, donde existen importantes incentivos para trabajar y aplicarse en las actividades, los talleres solidarios se basan en las buenas relaciones comunitarias. Las relaciones solidarias se constituyen aquí como un verdadero “factor económico”, al igual que el trabajo, la tecnología, el financiamiento y los medios materiales. A este elemento de integración social presente y activo en las unidades económicas solidarias lo hemos denominado, precisamente, “factor C”, o factor comunitario.
Este factor comunitario debe ser cuidado expresamente, perfeccionado constantemente y desarrollado mediante especiales actividades que lo favorezcan. Por ejemplo, organizando fiestas u otras ocasiones de integración, en que participen los integrantes con sus familias. En las reuniones internas, o en los lugares de trabajo, deberá haber expresa preocupación por mantener el mejor clima humano posible.
No obstante los esfuerzos que se hagan en tal sentido, es siempre posible que surjan conflictos internos. Es necesario estar preparados para hacerles frente, por lo cual el reglamento debe prever cómo los conflictos sean procesados y resueltos. Cuando las instancias internas (como reuniones de análisis del problema) no permitan una buena solución, es posible recurrir a mediadores o árbitros externos, que han de ser personas que cuenten con la confianza de las partes involucradas en el conflicto.
10. Modos de inserción en el mercado y de relación con terceros.
Como cualquier unidad económica, el taller solidario establece relaciones económicas entre sus miembros y con terceros. Lo hace cuando se abastece de los medios (factores) que necesita para producir, como también cuando destina su propia producción a distintos fines.
El taller laboral solidario tiene un modo propio de organizar las relaciones económicas internas (entre sus integrantes) y con el mercado y con su entorno económico (abastecedores y clientes). Se observan los siguientes tipos principales de relaciones económicas:
Comensalidad: es habitual que una parte de la producción se destine al autoconsumo, esto es, a su utilización y consumo por los mismos integrantes del taller y sus familias. Por ejemplo, una amasandería popular destina cierta cantidad del pan que produce diariamente para el consumo en las mismas familias de los miembros del taller. Lo mismo sucede con talleres que confeccionan ropa, que conservan alimentos, que producen zapatos, etc. Por esto puede decirse que los miembros del taller son “comensales” que comparten su propia producción, de acuerdo a las necesidades y al trabajo aportado por cada uno.
Se establecen relaciones de comensalidad también cuando los miembros del taller colaboran entre sí para juntar fondos mediante actividades especiales (bazares, rifas, onces, “completadas”, etc.), o cuando trabajan en la construcción del propio local o en la confección de herramientas o equipamiento que necesitan.
Reciprocidad: es también normal que una parte de la producción la pongan a disposición de otras personas, organizaciones o comunidades próximas al taller, que les prestan servicios, apoyo, trabajo, recursos, etc. Por ejemplo, una amasandería popular entrega parte de su producción de pan a otra organización popular de la misma comunidad o población, a cambio de ciertas cantidades de harina u otros insumos; un taller que elabora muebles o juguetes de madera proporciona una cierta cantidad de su producción o de su trabajo, a la parroquia o a la institución que le facilita el local donde funciona; y así en muchos casos parecidos.
Las relaciones de reciprocidad se organizan a veces para provisionar al taller de ciertos medios que los socios no están en condiciones de obtener por sí solos, y para cuya elaboración se hace necesario el aporte laboral de terceros; por ejemplo, en el proceso de autoconstrucción de un local, ocasión en la cual solicitan la colaboración de otras personas de la comunidad, que no remuneran pero que en cierto modo compensan con bienes de la propia producción.
Donaciones y asignaciones: a menudo la talleres laborales se benefician con donaciones que obtienen de diferentes fuentes, sean personas o instituciones. También algunos talleres reciben subvenciones estables de organismos públicos y municipales. A menudo, también, los talleres hacen donaciones gratuitas a terceros.
Intercambios: por último, pero no menos importante, los talleres laborales establecen normales relaciones de intercambio en el mercado de factores y de productos. Esto es, compran implementos, insumos y materias primas, y venden los bienes y servicios que producen. Aunque hay talleres laborales solidarios que se orientan preferentemente hacia el mercado, lo habitual es que estas relaciones de intercambio se establezcan de manera complementaria a las demás relaciones ya mencionadas. Así, ellos compran en el mercado aquellos insumos necesarios sólo después de que hayan agotado las posibilidades de obtenerlos por el aporte de los socios, por contribuciones de la comunidad, por donaciones y subvenciones, etc. Así mismo, tratan de vender en el mercado aquella parte de la producción que queda disponible después de que se repartió lo destinado al autoconsumo de los integrantes y a los otros destinos correspondientes a las relaciones de reciprocidad y donación.
Como consecuencia de este modo de establecer sus relaciones económicas, los talleres laborales solidarios no operan con una estricta lógica de mercado ni efectúan sus cálculos económicos valorando monetariamente todas sus operaciones. La orientación hacia el autoconsumo y su inserción en la comunidad de que forman parte, les determina un modo de ser especial, tal que su viabilidad económica y el cumplimiento de sus objetivos depende más de sus niveles de integración interna y comunitaria que de sus habilidades en el relacionamiento mercantil.
11. Participación social y coordinación con organizaciones afines.
Los talleres laborales solidarios tienden naturalmente a relacionarse con organizaciones afines y a integrarse con otras organizaciones populares. De la intensidad y calidad de esta integración social depende en gran medida su posibilidad de consolidación y desarrollo. Se distinguen dos niveles fundamentales:
La participación en coordinadoras que agrupan talleres similares. Estas coordinadoras se forman en dos sentidos:
- según rubros afines de producción o trabajo, y
- según proximidad territorial.
Como los talleres solidarios están compuestos de varios integrantes, pueden participar en ambos tipos de coordinadoras, a través de la designación de uno o dos delegados que lo representen en cada lugar.
La participación en instancias de desarrollo local u otras formas de integración comunitaria a nivel territorial (por sector, comunas, zonas, etc.). Aquí se relacionan e interaccionan con organizaciones económicas, sociales, culturales, religiosas, políticas, etc., distintas de los talleres pudiendo hacerse parte de actividades de la comunidad frente a problemas generales y a otros asuntos de interés común (educación, salud, hábitat, vivienda, etc.).
12. Forma jurídica y reglamento interno.
Para los efectos de su funcionamiento económico legal, especialmente en los casos en que su operación económica se orienta preferentemente hacia el mercado, los talleres laborales solidarios deben tener resuelta una mínima legalización. Sirve a los efectos la iniciación de actividades y una patente o permiso para funcionar como taller artesanal, el cual puede estar a nombre de uno o dos integrantes del taller.
Para los efectos de funcionamiento de la asociación como tal, ellos pueden también adoptar algunas de las formas legalmente establecidas, como la organización cooperativa, la sociedad de responsabilidad limitada, la sociedad colectiva de personas, la sociedad anónima u otra que prefieran según el caso. Sin embargo, en una gran cantidad de organizaciones el legalizar la sociedad puede ser innecesario o superfluo, pues las relaciones entre los socios perfectamente pueden quedar reguladas internamente, mediante estatutos y reglamentos aprobados por todos y debidamente escritos y firmados por cada integrante. En efecto, si no se prevén situaciones conflictivas tales que lleven a los integrantes del taller ante la justicia, y si los volúmenes de operación no son de magnitudes tales que sea indispensable establecer precauciones formales, el grupo puede constituirse como sociedad de hecho. Téngase en cuenta que los compromisos firmados por personas privadas, aunque no estén legalizados especialmente, tienen plena validez jurídica.
Sin embargo, la idea que preside esta orientación respecto a la formalización institucional de los talleres es que los grupos y comunidades debieran ser capaces de resolver sus conflictos y problemas internos por sus propios medios y procedimientos. Del mismo modo, como las relaciones con el entorno poblacional y económico se dan en el marco de relaciones complejas en que lo mercantil juega un papel secundario, las situaciones conflictivas que puedan surgir difícilmente tendrán resonancia y encuentren adecuada resolución en el terreno de la institucionalidad definida por las leyes del Estado.
Para que esto sea posible, los estatutos y reglamentos internos de cada taller laboral deben establecer claramente sus normas y procedimientos respecto a cada uno de los puntos considerados en este modelo operacional, y especialmente deben quedar definidos:
* los objetivos de la organización,
* la forma de propiedad,
* el tratamiento y regulación del trabajo,
* el ingreso y retiro de socios,
* los criterios de distribución de los excedentes,
* los sistemas de gestión y adopción de las decisiones, y
* los procedimientos para definir la participación en cursos, encuentros y otras instancias de integración y coordinación.